Quienes Somos Presidencia

La Presidencia de la Fundación Misión José Gregorio Hernández es el máximo órgano de dirección y representación de la organización. Esta área es responsable de liderar, supervisar y garantizar que la fundación cumpla con su misión, visión y objetivos, alineados con los valores de solidaridad, servicio y compromiso social  

Adscripción: Consejo Directivo, Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, Viceministerio para la Suprema Felicidad Social del Pueblo.

Objetivo: Ejercer la representación legal de la Fundación Misión José Gregorio Hernández, así como dirigir y hacer cumplir con las políticas y normativas de acuerdo al estatuto constitutivo.

Funciones Generales:

  1. Cumplir y hacer cumplir el Acta Constitutiva, los Estatutos y las decisiones del Consejo Directivo.
  2. Suscribir los contratos para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras que deba celebrar la Fundación, de conformidad con lo establecido en la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Contrataciones Públicas.
  3. Aprobar la estructura organizativa de la Fundación, así como de las dependencias internas fijando sus competencias y atribuciones, previa autorización de la máxima autoridad del ministerio de adscripción.
  4. Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo.
  5. Presentar dentro de los primeros cinco (5) días vencido el trimestre correspondiente, el informe de gestión, al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, a través del Despacho de la Viceministra o Viceministerio de la Suprema Felicidad Social del Pueblo.
  6. Informar sobre el resultado de las gestiones del Consejo Directivo de la Fundación a la Ministra o Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, a través del Despacho de la Viceministra o Viceministerio de la Suprema Felicidad Social del Pueblo.
  7. Presentar al Consejo Directivo todos los asuntos que deban ser sometidos a su aprobación.
  8. Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de Reglamento Interno de la Fundación y las modificaciones que hubiere a lugar.
  9. Presentar el proyecto del presupuesto anual, a la Ministra o Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, a través del Despacho de la Viceministra o Viceministerio de la Suprema Felicidad Social del Pueblo.
  10. Realizar todos los actos de administración y disposición que sean necesarios para el cumplimiento de los fines de la Fundación.
  11. Delegar en otros Directores de la Fundación, previa autorización del Consejo Directivo, la firma de actos, documentos, contratos y convenios.
  12. Ejecutar el presupuesto de la Fundación.
  13. Abrir y movilizar junto con uno de los miembros principales del Consejo Directivo, cuentas bancarias, firmar cheques, letras de cambio, órdenes de pago y demás efectos mercantiles.
  14. Constituir apoderados judiciales y extrajudiciales, confiriéndoles las facultades que considere convenientes para la mejor defensa de los derechos e intereses de la Fundación.
  15. Nombrar y remover al personal de la Fundación.
  16. Designar, juramentar y formalizar el nombramiento a los Directores o Directoras de la Fundación a nivel estadal.
  17. Las demás que le establezcan los estatutos, reglamento interno y demás normativas legales aplicables.

Relaciones Internas de Trabajo:

  • Consejo Directivo
  • Dirección General del Despacho
  • Todas las dependencias administrativas y operativas

Relaciones Externa de Trabajo:

  • Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.
  • Viceministerio para la Suprema Felicidad Social del Pueblo.
  • Organismos Gubernamentales y Privados.
  • Comunidades Organizadas y Movimientos Sociales de Personas con Discapacidad.

Procesos: 

  • Supervisión de actividades administrativas y operativas.
  • Designación y Remoción de Personal de Alto Nivel
  • Nombramiento de apoderados judiciales y extrajudiciales.
  • Presentar el anteproyecto del presupuesto anual.
  • Presentar el anteproyecto del reglamento interno.
  • Procesos de contrataciones públicas.
  • Impartir Políticas del Ministerio y Viceministerio.