Pasos a seguir para obtener el certificado de discapacidad

PASO 1: EVALUACIÓN DE LA DISCAPACIDAD – MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (MPPS)

1.1 ¿En qué consiste este paso?
La Evaluación de la Discapacidad es el procedimiento técnico-médico mediante el cual se determina oficialmente:

  • La clasificación del tipo de discapacidad (física, sensorial, intelectual, auditiva, visual, psíquica, múltiple, entre otras).

  • La calificación del grado de afección, que define el nivel de limitación en la autonomía y funcionalidad de la persona.

Este es el requisito obligatorio y previo para acceder al Certificado de Discapacidad emitido por CONAPDIS.

1.2 ¿Dónde se realiza?
La evaluación debe realizarse exclusivamente en:

  • Red Ambulatoria del MPPS (Centros de Diagnóstico Integral, ambulatorios urbanos y rurales).

  • Servicios de Rehabilitación y Especialidades de hospitales públicos adscritos al MPPS.

Solo el personal médico debidamente acreditado y capacitado por el MPPS tiene competencia para emitir el Informe de Clasificación y Calificación de la Discapacidad.

1.3 ¿Quiénes intervienen en la evaluación?
La valoración es multidisciplinaria y debe ser realizada por un equipo técnico compuesto por:

ProfesionalFunción específica
Médico especialistaEvalúa la condición de salud, diagnóstico, deficiencias estructurales y funcionales. Aplica los criterios clínicos establecidos en los baremos del MPPS.
Psicólogo / PsiquiatraValora el componente mental, emocional y conductual; determina limitaciones en la interacción social, aprendizaje y autonomía psicológica.
Trabajador / Asistente socialAnaliza los factores sociales complementarios: entorno familiar, situación laboral, educativa, cultural, barreras arquitectónicas, red de apoyo y condiciones socioeconómicas que dificultan la integración social.

Nota: Dependiendo del tipo de discapacidad, podrán incorporarse otros especialistas (terapeutas ocupacionales, fonoaudiólogos, optometristas, etc.).

¿ Cuál es el procedimiento para saber si una determinada dolencia o limitación se puede traducir en un grado y puede ser motivo de discapacidad?

1.4 ¿Qué instrumentos se aplican?
La evaluación se fundamenta en:

  • La Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF), de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

  • Baremos nacionales vigentes del MPPS, que establecen los rangos porcentuales según la limitación funcional.

  • Entrevista clínica y social.

  • Exámenes complementarios (imagenológicos, audiológicos, oftalmológicos, neurológicos, pruebas psicológicas, entre otros), según el caso.

1.5 ¿Qué documento se obtiene?
Al finalizar el proceso, el equipo evaluador entrega el:

INFORME DE CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA DISCAPACIDAD

Este documento debe contener:

  • Datos del solicitante.

  • Diagnóstico principal y secundario (CIF).

  • Tipo de discapacidad clasificada.

  • Grado porcentual de discapacidad (expresado en %).

  • Firma y sello del médico evaluador y del equipo interviniente.

  • Sello del centro de salud adscrito al MPPS.

1.6 Casos especiales

Personas en situación de cama o postradas:

  • Un familiar o representante debe acudir al ambulatorio o CDI más cercano.

  • Solicitar formalmente la atención domiciliaria del equipo de salud del MPPS.

  • El equipo evaluador se trasladará al domicilio para realizar la valoración y emitir el informe correspondiente.

Menores de edad sin cédula de identidad:

  • Se debe presentar partida de nacimiento (original y copia).

  • Copia de la cédula del padre, madre o representante legal.

  • El informe será emitido a nombre del menor, con la identificación del representante.

1.7 ¿Cuánto tiempo tiene validez el informe?
El Informe de Clasificación y Calificación de la Discapacidad no tiene fecha de vencimiento expresa, pero puede ser actualizado si:

  • La condición de salud del solicitante varía significativamente.

  • Se requiere para trámites específicos que exijan vigencia reciente.

  • El CONAPDIS lo solicita durante el proceso de certificación o renovación.

IMPORTANTE:
Este informe NO es el Certificado de Discapacidad. Es el documento técnico que acredita la condición y debe ser consignado ante CONAPDIS (PASO 2) para obtener el carnet oficial que otorga los derechos, beneficios y protección legal establecidos en la Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad (2024).